ESCUELA DE DIRECTIVOS DOCENTES
DEL TOLIMA
ORGANIGRAMA
INTEGRANTES DE LA ESCUELA DE RECTORES
FUNCIONES DE LOS COMITÉS DE LA ESCUELA DE RECTORES DEL TOLIMA
COMITÉ DIRECTIVO
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Tiene como funciones:
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Orientar las políticas y estrategias de la Escuela de Rectores.
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Coordinar con la Dirección de Calidad Educativa las convocatorias de la Escuela de Rectores.
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Gestionar con la Secretaría de Educación y otros entes, los recursos requeridos para la ejecución del plan de acción.
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Representar a la Escuela de Rectores ante las entidades gubernamentales y demás entes externos.
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Presentar ante la Gobernación del Tolima, Asamblea departamental del Tolima y la Secretaria de Educación del Tolima, un informe anual de la gestión realizada.
COMITÉ CIENTIFICO
Tiene como funciones:
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Proponer a la Asamblea las políticas de investigación de la Escuela de rectores para su aprobación.
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Definir las líneas de investigación educativa.
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Fomentar las relaciones con otros organismos dedicados a la investigación educativa.
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Apoyar los procesos de divulgación de los resultados.
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Gestionar ante los entes correspondientes la valoración y reconocimiento de la actividad investigativa de la ER.
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Diseñar el protocolo interno para la presentación de los proyectos de investigación.
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Analizar la viabilidad de las propuestas de investigación presentadas.
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Promover el intercambio de las experiencias significativas de la Escuela de Rectores.
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Promover la unificación de criterios para los procesos de gestión.
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Establecer las líneas y componentes de autoformación de la Escuela de Rectores.
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Direccionar el diagnóstico de las instituciones educativas.
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Proponer el estudio, análisis y retroalimentación de situaciones en las I.E.
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Realizar seguimiento y acompañamiento a las investigaciones aprobadas por el Comité.
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Promover la investigación el quehacer directivo.
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Coordinar con la Secretaria de Educación la agenda de cada sesión.
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Establecer los protocolos para la asistencia a eventos académicos.
COMITÉ DE ÉTICA
Tiene como funciones:
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Velar por el cumplimiento del reglamento interno de la Escuela de Rectores, sustentado en valores éticos y de responsabilidad social.
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Estudiar, argumentar y presentar a la Asamblea, los casos de posible pérdida de calidad de integrantes de la Escuela de Rectores, de acuerdo a lo expuesto en el artículo 4 del reglamento.
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Suplir con la Secretaría de Educación las vacancias de los integrantes, presentadas conforme a los criterios establecidos en el reglamento.
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Garantizar la protección de los derechos y cumplimiento de los deberes de los integrantes de la Escuela de Rectores.
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Hacer seguimiento a la asistencia y recibir por escrito las comunicaciones sobre las ausencias de los integrantes de la Escuela de Rectores.
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Garantizar el debido proceso para dar cumplimiento al presente reglamento.
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El protocolo para garantizar el debido proceso se anexará.
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Mediar en la solución de conflictos y controversias que se presenten entre los integrantes de la Escuela de Rectores
COMITÉ DE ARCHIVO Y PUBLICACIONES
Tiene como funciones:
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Examinar de oficio a petición los documentos a publicar
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Informar y convocar a la plenaria para la publicación de artículos en revistas científicas.
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Declarar la licitud del título y contenido de las publicaciones
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Informar a la Asamblea o delegado para tal fin, cuando un documento o publicación no sea declarado lícito y sus razones
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Solicitar la declaración de exención de derechos de autor a la Escuela de Rectores para el registro del título y su publicación.
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Liderar y gestionar el diseño, diagramación y publicación de una revista.
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Solicitar apoyo y asesorías internas y externas en temas específicos.
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Determinar de acuerdo a la ley, el protocolo de gestión documental de la información de la Escuela de Rectores.
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Será responsabilidad del comité, la revisión y publicación de los documentos a través de los diferentes medios de difusión como página web, redes sociales, redes científicas y otras.
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Cuando se trate de documentos internos, la elaboración y publicación estará a cargo de la secretaría del comité de publicaciones. Si los documentos son para publicación externa, serán necesariamente revisados y avalados por el comité de publicaciones.